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Inicio2020-11-14T07:49:47+00:00

DESTACADOS

PROYECTOS

Oficina de derechos sociales

Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia. Artículo 39-1 de la Constitución española.

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho. Artículo 47 de la Constitución española.

Con esta actividad pretendemos.
• Universalizar el acceso a los derechos sociales reconocidos por nuestra Constitución.
• Difundir y asesorar sobre las diferentes oportunidades de promoción que ofrecen tanto instituciones públicas como privadas.
• Favorecer el ejercicio colectivo de los derechos como vía de cuidado entre personas.

Casas abiertas

Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Artículo 2.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.  Artículo 3.

Este programa tiene como objetivo hacer efectivo el derecho de ciudadanía de las personas, independientemente de su origen o circunstancias sociales. Este derecho pasa por implicarse y acompañar a quienes no gozan aun de ciudadanía.

Para ello dos familias socias y voluntarias de nuestra entidad acogen en sus hogares a personas que realizan su proceso de promoción social implicándonos en su vida y dejando que ellos y ellas se impliquen en la nuestra, entrelazando nuestras historias.

En años anteriores, nuestro compromiso con este proyecto (dentro del eje transversal de INCIDENCIA POLÍTICA Y SENSIBILIZACIÓN) nos ha llevado a involucrarnos en red con otras entidades en actuaciones de defensa de derechos o denuncia, tales como la Campaña “Yo sí sanidad universal”, para articular respuestas vecinales tanto de denuncia como de alternativas que permitan que las personas en situación administrativa irregular sigan teniendo acceso a la sanidad, o acciones reivindicativas para pedir el cierre de los CIE, denunciar la política restrictiva y vulneradora de derechos humanos de Europa y España en materia de inmigración.

Mediación comunitaria

Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.  Artículo 29.

Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.  Artículo 2.1.

Este proyecto se realiza en el marco del proceso comunitario impulsado desde el año 2016 por la Junta de Distrito de Moratalaz.

Ddentro de este proceso comunitario se quiso reforzar la intervención comunitaria en las zonas del barrio con mayor necesidad de reequilibrio territorial, entendiendo el mismo como un impulso social y una regeneración del espacio público.

Incidencia política y sensibilización

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.  Art.28.

Conscientes que todo proceso de promoción social debe ser transformador de la sociedad, queremos transmitir al resto de la sociedad todo lo vivido y cada una de las luchas que afrontamos cada día para poder vivir dignamente. Asumimos con este eje el compromiso de trasmisión hacia la sociedad de todo lo vivido en nuestros programas.

Ello nos lleva a:
• Participación en Plataformas Sociales y colaboración con otros colectivos.
• Acciones formativas.
• Redes sociales.

Taller de empleo

Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. Artículo 23 .

Educación no formal

La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos. Artículo 26.

Pretendemos en este proyecto acompañar los procesos de crecimiento de las niñas y niños de las familias que acompañamos, situando en el centro su capacidad de jugar como mejor vehículo para lograr ser de adultos eso que hoy sueña ser.

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